El juzgado había denegado la suspensión de una pena de un año de prisión por un robo con fuerza, de modo que el ingreso era inminente. El recurso se centró en que, en la fecha de los hechos, el condenado no tenía antecedentes computables y en que las condenas posteriores lo eran por delitos de distinta naturaleza. La Audiencia revocó esa decisión y suspendió la pena durante tres años.
AAP Bizkaia 744/2026 · Secc. 2ª · 31-mar-2026
