El órgano de ejecución revocó la suspensión de una pena de un año de prisión y ordenó su cumplimiento efectivo, porque durante el plazo había cometido un delito leve de hurto castigado con multa. La Audiencia revocó esa decisión: un delito leve sancionado con pena de multa no hace decaer la expectativa de reinserción en que se fundó la suspensión, y además había realizado los trabajos en beneficio de la comunidad que se le impusieron. Se prorrogó la suspensión un año más.
AAP Zaragoza 890/2026 · Secc. 3ª · 7-abr-2026
