Desde la notificación, si te juzgó un Juzgado de lo Penal o la Audiencia. Si fue un juicio rápido o un juicio por delito leve, son 5, no 10. Es un plazo fatal: agotado, la condena gana firmeza.
5 + 15días
Para llegar al Supremo
Cinco para preparar la casación ante el tribunal que te condenó y quince para interponerla ante la Sala Segunda, contados desde el emplazamiento. Veinte en Illes Balears y treinta en Canarias, Ceuta y Melilla.
No firme
Mientras se resuelve
Una condena recurrida no es firme: no se ejecuta, no cuenta como antecedente en otro procedimiento y no permite revocar una suspensión anterior.
Calcula tu plazo
¿Y a ti cuántos días te quedan?
Los días del plazo son hábiles, no naturales: se descuentan sábados, domingos, agosto entero y los festivos de la ciudad donde está el tribunal que dictó la sentencia. Por eso la fecha real rara vez coincide con la que uno calcula de cabeza.
¿Quién dictó la sentencia que te condena?
De eso depende el recurso y el plazo que tienes.
Cálculo orientativo. Cuenta días hábiles desde el siguiente a la notificación y descuenta sábados, domingos, el mes de agosto, los días 24 y 31 de diciembre y los festivos nacionales, autonómicos y locales de la ciudad del tribunal (arts. 182 y 183 LOPJ). Calcula plazos de recurso contra sentencias: los recursos contra autos tienen sus propios plazos, más cortos. Ante cualquier duda calcula la fecha más corta. No sustituye a la comprobación del plazo en tu procedimiento.
02 · Las fases de la impugnación
¿En qué momento del procedimiento estás?
Cada momento tiene un plazo distinto y una decisión distinta. Marca el tuyo y verás qué corre y qué se puede hacer todavía.
Paso 2 de 7Día 0⏱ Empieza a correr el plazo
Te han notificado la sentencia
Qué significa
Aquí empieza a contar el plazo. La sentencia no es firme: mientras quepa recurso y esté en plazo, no despliega sus efectos definitivos.
Qué conviene hacer
Este es el momento de decidir con criterio, no de esperar. Si la sentencia no se recurre en plazo, gana firmeza y ya no puede recurrirse por esta vía.
Pulsa cualquier hito para ver qué ocurre en ese momento. Los plazos son fatales: su incumplimiento hace inadmisible el recurso.
Un recurso no es una segunda oportunidad automática: es encontrar el error concreto de la sentencia y apoyarlo en jurisprudencia que el tribunal reconozca.
Hay sentencias bien construidas contra las que no merece la pena gastar dinero, y prefiero decirlo antes que después. Si del estudio sale que no hay recorrido, lo digo con la misma claridad que si lo hay.
03 · Casos reales del despacho
Dos asuntos del despacho, anonimizados
Dos asuntos en los que el punto de partida no fue el resultado final. Explico qué se hizo en cada uno.
Jurisdicción de menores
Audiencia Provincial de Madrid
El punto de partida
Condenado en primera instancia
El resultado
Absuelto íntegramente; ninguna medida revocada
El problema
Un menor fue condenado en primera instancia por varios delitos. La condena habría arrastrado, además, la revocación de otras medidas que ya estaban suspendidas.
Qué se hizo
Recurso de apelación ante la Audiencia Provincial: los hechos estaban prescritos, porque el decreto de la Fiscalía de Menores no interrumpe el plazo de prescripción (art. 132 CP), y, además, no concurrían los elementos del delito de descubrimiento de secretos (STS 479/2023).
Tráfico de drogas
Audiencia Provincial de Madrid
El punto de partida
La Fiscalía pedía 4 años de prisión
El resultado
Dos no ingresaron; el tercero, a tercer grado
El problema
Tres personas acusadas de un delito contra la salud pública. La Fiscalía solicitaba cuatro años de prisión.
Qué se hizo
Se alcanzó una conformidad que rebajó las penas y, ya en ejecución, se trabajó individualmente cada situación: la suspensión de la pena (art. 80 CP), incluida la vía por drogodependencia con tratamiento acreditado (art. 80.5), y, para quien estaba en prisión preventiva, la progresión a tercer grado.
Casos anonimizados conforme al RGPD y al secreto profesional. Cada asunto depende de sus circunstancias: los resultados pasados no garantizan resultados futuros en ningún caso concreto.
04 · El estudio previo
Qué miro en una sentencia antes de proponerte un recurso
No todas las sentencias son recurribles con posibilidades. Esto es lo que reviso, por este orden, antes de darte una respuesta y antes de que gastes dinero en un recurso que no lo merece.
Las seis cosas que miro, por este ordenDe la fecha de la notificación a los votos particulares.
1
La fecha y la forma de la notificación. Es lo primero, porque de ahí sale el plazo. Y no siempre está donde parece: hay notificaciones a procurador, notificaciones personales y resoluciones que nunca llegaron a manos del condenado.
2
Los hechos probados. Es la parte que en casación ya no se discute. Conviene saber desde el principio qué ha quedado fijado y qué margen real queda, para no vender una expectativa que el sistema no permite.
3
Cómo se motivó la prueba. Una sentencia tiene que explicar por qué cree a unos y no a otros. Cuando esa explicación no está, o es una fórmula repetida, ahí hay materia para el recurso.
4
La individualización de la pena. Por qué esa pena y no otra dentro del marco legal. Es uno de los puntos donde con más frecuencia falta razonamiento, y donde una apelación bien planteada rebaja condenas.
5
Qué se pidió y qué se resolvió sobre la suspensión. Si hay una pena suspendida anterior, o si cabía pedir la suspensión de esta, el recurso cambia de sentido: ya no se trata solo de la condena, sino de si se entra en prisión.
6
Los votos particulares, si los hay. Un magistrado que discrepó por escrito ya ha hecho medio recurso. Es de las primeras cosas que busco.
Una advertencia
Un recurso no es una segunda oportunidad automática. Hay sentencias bien construidas contra las que no merece la pena gastar dinero, y prefiero decírtelo antes que después. Si del estudio sale que no hay recorrido, te lo diré con la misma claridad que si lo hay.
05 · Las vías, una por una
Cuatro vías, y no todas están disponibles en todos los casos.
01Recurso de apelaciónAudiencia Provincial / TSJ / AN · 10 días desde la notificación
Es el recurso ordinario contra las sentencias de los juzgados de lo penal. La Audiencia Provincial revisa el caso en su integridad: hechos probados, valoración de la prueba y aplicación del derecho. Puede absolver, confirmar o, si solo recurre la defensa, no empeorar la pena (prohibición de reformatio in peius).
Qué hay que tener en cuenta
En la apelación no se repite el juicio: el tribunal lee el acta. El recurso tiene que identificar errores concretos en la valoración de la prueba o en la calificación jurídica. Un escrito genérico no prospera.
02Recurso de casaciónTribunal Supremo · Sala 2ª · 5 días para prepararla + 15 desde el emplazamiento
El recurso de casación ante el Tribunal Supremo no revisa los hechos, sino la aplicación del derecho. Solo es admisible si existe infracción de ley, quebrantamiento de forma o vulneración de derechos fundamentales. La Sala puede casar la sentencia y dictar una nueva o reenviar a la Audiencia.
Qué hay que tener en cuenta
La casación exige precisión técnica: cada motivo debe identificar el precepto infringido, la doctrina del TS aplicable y el impacto concreto en el fallo. Es el recurso de mayor complejidad técnica del sistema.
03Recurso de amparo constitucionalTribunal Constitucional · 30 días desde la firmeza de la sentencia
Protege los derechos fundamentales reconocidos en los arts. 14–29 CE: presunción de inocencia, tutela judicial efectiva, no bis in idem, secreto de las comunicaciones. Solo procede cuando se han agotado las vías judiciales ordinarias y el TC aprecia especial trascendencia constitucional.
Qué hay que tener en cuenta
El amparo es subsidiario y de admisión restrictiva. El Tribunal Constitucional admite menos del 2% de los recursos. Para tener posibilidades reales, el derecho vulnerado tiene que estar inequívocamente identificado y vinculado a doctrina constitucional previa.
04Revisión de sentencia firmeTribunal Supremo · Sala 2ª · Sin plazo, hasta que se extinga la pena
Permite revisar una sentencia condenatoria firme cuando aparecen nuevas pruebas, cuando la sentencia se dictó en base a pruebas falsas o cuando existe contradicción con otra sentencia sobre los mismos hechos. No es técnicamente un recurso, sino un procedimiento especial de impugnación.
Qué hay que tener en cuenta
La revisión solo prospera en supuestos muy tasados. Pero cuando aparece una prueba nueva determinante (un informe pericial, un testigo que no declaró, un documento que prueba la coartada) puede ser la única vía para corregir una condena injusta.
No se puede recurrir solo por estar en desacuerdo: la ley tasa los motivos, y cada uno se reconoce de una forma distinta en la sentencia. Los explico en lenguaje llano, con lo que tendrías que buscar en tu propia sentencia y un caso real en el que ese motivo prosperó.
ApelaciónArt. 790.2 LECrimSe quebrantaron las garantías del proceso y te dejaron sin defensa
No basta con que algo se hiciera mal: ese defecto tiene que haberte impedido defenderte. Es el motivo más fuerte cuando concurre, porque no se discute el fondo: se anula lo actuado.
La señal en tu sentencia
Te juzgaron sin que tu abogado hubiera sido citado, no recibiste la citación del juicio, o se celebró la vista pese a una petición de aplazamiento justificada.
Caso realROJ SAP M 670/2026·AP Madrid, Secc. 2.ª · 29-01-2026
Le celebraron el juicio sin avisar a su abogada ni a su procurador, aunque los dos estaban ya personados en la causa. La Audiencia anuló la condena y el juicio entero, y ordenó repetirlo ante otro juez.
«tal falta de notificación colocó al recurrente en una clara situación de indefensión»
ApelaciónArt. 790.2 LECrimLa prueba se valoró mal
La Audiencia no repite el juicio, pero sí revisa si el razonamiento se sostiene. Cuando queda una duda razonable que la sentencia no despeja, la absolución es la consecuencia.
La señal en tu sentencia
Tu sentencia no explica por qué descartó a tus testigos o tu versión, o los menciona al resumir el juicio y luego desaparecen del razonamiento.
Caso realROJ SAP M 2231/2026·AP Madrid, Secc. 17.ª · 09-01-2026
Condenaron por una pelea dando por buena la versión del otro implicado, sin explicar por qué se descartaba la del condenado, que tenía una testigo a favor y encajaba con el atestado. La Audiencia revocó la condena y absolvió.
«las circunstancias expuestas permitían establecer una duda razonable; duda que no fue motivadamente despejada por la resolución apelada»
ApelaciónArt. 790.2 LECrimSe aplicó mal la ley
El relato de hechos puede estar bien y la condena seguir siendo incorrecta: tipo penal equivocado, atenuante que no se aplicó, o una pena que no corresponde a lo que se declaró probado.
La señal en tu sentencia
Compara la cantidad o la gravedad que la sentencia da por probada con el artículo que te aplican: si la pena es la de un escalón superior al hecho probado, ahí hay motivo.
Caso realROJ SAP LE 61/2026·AP León, Secc. 3.ª · 20-01-2026
Se confirmó la defraudación de fluido eléctrico, pero la sentencia había impuesto la pena reservada a defraudaciones de más de 400 €, cuando el propio fallo fijaba el perjuicio en 400 €. Se aplicó el tipo correcto y la multa bajó de cinco a tres meses.
«hay una incongruencia en la sentencia al castigar con una pena prevista para las defraudaciones de más de 400 Euros»
CasaciónArt. 849.1 LECrimSe aplicó un precepto penal que no correspondía
En casación los hechos probados son intocables: se discute si al relato que la sentencia declara probado le corresponde el delito por el que te condenan.
La señal en tu sentencia
Lee solo el apartado «hechos probados», sin los fundamentos. Si ahí no se describe qué hiciste en concreto, la condena se apoya en algo que no consta.
Caso realROJ STS 466/2026·Tribunal Supremo, Sala 2.ª · 05-02-2026
Condenaron por tráfico de drogas a la mujer que vivía en la casa donde otros vendían, pero los hechos probados solo la mencionaban de pasada, sin describir ninguna conducta suya. El Supremo la absolvió.
«ese «salto» no aparece reflejado con la mínima precisión exigible en los hechos declarados probados de la sentencia de instancia»
CasaciónArt. 849.2 LECrimUn documento del expediente demuestra que el hecho es otro
Es la única vía por la que el Supremo entra a corregir los hechos, y exige un documento que hable por sí solo y que no esté contradicho por otras pruebas.
La señal en tu sentencia
Hay un documento en las actuaciones (un certificado, un contrato, una factura, un informe oficial) que contradice de frente un hecho que la sentencia da por probado, y la sentencia ni lo menciona ni explica por qué lo descarta.
Caso realROJ STS 131/2026·Tribunal Supremo, Sala 2.ª · 29-01-2026
Iban a juzgarle como adulto pese a que en las actuaciones constaba su certificado de nacimiento, apostillado y traducido, que acreditaba que era menor. El Supremo estimó el recurso y declaró su minoría de edad.
«no existe en las actuaciones indicio alguno de manipulación, sustitución o irregularidad gráfica, más allá de la ausencia de original»
CasaciónArt. 850 LECrimTe denegaron una prueba que era pertinente
Si se pidió una prueba en tiempo y forma, era pertinente y necesaria, y el tribunal la denegó dejando constancia de la protesta, ese solo hecho puede anular el juicio.
La señal en tu sentencia
Tu abogado propuso un testigo, una pericial o un documento que no llegó a practicarse, y en el acta consta la protesta. Revisa el escrito de defensa y compáralo con lo que efectivamente se practicó en la vista.
CasaciónArt. 851 LECrimLa sentencia misma está mal construida
Hechos probados confusos o contradictorios, conceptos que dan por resuelto lo que había que probar, o peticiones de las partes que se quedan sin respuesta.
La señal en tu sentencia
Repasa lo que tu abogado pidió por escrito y búscalo en la sentencia. Si algo no aparece contestado (sobre todo si pidió una pena menor y no te explican cómo llegaron a la que te pusieron), hay motivo.
Caso realROJ STS 6055/2025·Tribunal Supremo, Sala 2.ª · 04-12-2025
El condenado pidió en apelación una pena inferior. El tribunal cambió la estructura de los delitos pero dejó la misma pena sin explicar de dónde salía, y sin responder a lo pedido. El Supremo rebajó la pena a ocho meses.
«Nada más se expone, llegándose a imponer en el fallo la aludida conclusión penológica.»
CasaciónArt. 852 LECrimSe vulneró un derecho fundamental
Presunción de inocencia y tutela judicial efectiva, sobre todo. Condenar exige prueba de cargo suficiente sobre lo que hizo cada acusado, uno por uno.
La señal en tu sentencia
El razonamiento de tu sentencia habla casi siempre de otra persona, y a ti te condenan por un cargo, un parentesco o una firma, sin prueba de que decidieras o participaras en nada.
Caso realROJ STS 445/2026·Tribunal Supremo, Sala 2.ª · 04-02-2026
Condenaron por apropiación indebida a la administradora de una sociedad, pero toda la sentencia razonaba sobre lo que hizo su marido, que era quien gestionaba de hecho. A ella solo la citaba por firmar dos contratos. El Supremo la absolvió.
«los elementos para afirmar que tuviera alguna intervención en la toma de esas decisiones no afloran»
¿Has reconocido alguno en tu sentencia?
Entonces merece la pena que la lea entera. Envíamela y te envío presupuesto por escrito, gratis y sin compromiso. Si el motivo no se sostiene, también te lo diré.
Las resoluciones citadas son resoluciones reales analizadas por el despacho y se identifican con su referencia oficial para que puedan consultarse. Cada caso depende de su propia prueba: estos ejemplos muestran por dónde puede ir un recurso, no anticipan el resultado de ninguno.
07 · Por qué este despacho
Qué hace falta para ganar un recurso
Encontrar el error concreto que hay en la sentencia y apoyarlo en jurisprudencia que el tribunal reconozca. Así se trabaja en este despacho.
Penalista desde 2010
El derecho penal es mi especialidad, y los recursos penales forman parte de mi trabajo diario.
Sentencias reales y comprobables
Cada motivo del recurso se apoya en resoluciones reales que el despacho ha analizado, citadas con su referencia oficial, su tribunal y su fecha, no en fórmulas de manual.
La sentencia la leo yo
La sentencia la estudio personalmente, y soy yo quien firma el recurso. Recibes un dictamen por escrito sobre los motivos y la vía, aunque la conclusión sea que no hay recurso.
Toda España, sin desplazarte
El recurso es trámite escrito. La documentación va por el portal privado del despacho y la comunicación por teléfono o WhatsApp. Da igual dónde se dictara la sentencia.
Presupuesto cerrado por escrito
El precio se acuerda antes de que se redacte una sola línea y no cambia. Sin costes sobrevenidos a mitad del recurso.
Si es urgente, llámame
El 688 884 488 es mi teléfono directo. Cuando el plazo corre, no conviene esperar al lunes para contármelo.
08 · Cómo trabajo
Qué entra en el encargo y qué se factura aparte.
Lo que incluye el recurso y lo que noEstudio, dictamen, redacción y seguimiento; aparte, procurador, peritos y la fase de ejecución.
Incluye
Estudio completo de la sentencia y de las actuaciones
Solicitud de la grabación de la vista, cuando exista
Dictamen por escrito: si hay motivos, por qué vía y con qué recorrido
Redacción y presentación del recurso
Seguimiento hasta la resolución, con información puntual del estado
No incluye
—Procurador, que se abona directamente a él
—Peritos de parte, si el recurso los necesitara
—Costas, multas y responsabilidad civil
—La fase de ejecución (suspensión, tercer grado, prescripción), que se presupuesta aparte
Presupuesto cerrado antes de empezar
El presupuesto es gratis y sin compromiso. Si lo que quieres antes es un dictamen por escrito sobre si hay motivos, también te lo presupuesto. Para el recurso recibes un presupuesto cerrado, con el precio acordado antes de que se redacte una sola línea. Cómo funcionan los honorarios.
09 · Antes de decidir
Cuéntame qué dice tu sentencia
El asistente del despacho puede ayudarte a entender en qué punto estás, qué plazo te corre y qué suele importar en casos como el tuyo. Es gratuito, no hace falta identificarse y la conversación queda bajo secreto profesional.
·Te calcula el plazo desde la fecha de tu notificación
·Te ayuda a ordenar lo que vas a contarme
·Yo superviso el chat y puedo entrar en directo
La valoración jurídica y el plan de recurso los hago yo. El presupuesto es gratis y sin compromiso.
Asistente del despacho · IA
Consulta sobre Recurrir una sentencia
Secreto profesionalCifrado HTTPSICAM 83.198
Te han condenado y quieres saber si se puede recurrir. Cuéntame qué dice tu sentencia y de qué fecha es la notificación. Con eso te calculo el plazo que te corre.
¿Cuánto tiempo tengo para recurrir una sentencia penal?
Diez días desde la notificación para apelar la sentencia de un Juzgado de lo Penal o de la Audiencia, y solo cinco si fue un juicio rápido o un juicio por delito leve. La casación se prepara en cinco días ante el tribunal que dictó la sentencia y se interpone después ante la Sala Segunda, en un plazo que no corre desde la sentencia sino desde el emplazamiento: quince días en la Península, veinte en Illes Balears y treinta en Canarias, Ceuta y Melilla. Para el amparo ante el TC, 30 días desde la firmeza. Los plazos son fatales: conviene consultar de inmediato.
¿Puedo cambiar de abogado para el recurso?
Sí. La designación de abogado es libre y puede cambiarse en cualquier momento del procedimiento, también entre la sentencia y el recurso. Es una situación frecuente: quien ha llevado el juicio no siempre es quien va a llevar la apelación, y el recurso es un trabajo distinto, más escrito y más técnico. El cambio se formaliza con una nueva designación y no interrumpe los plazos, que siguen corriendo.
¿Qué pasa si solo recurre la defensa?
La prohibición de reformatio in peius impide al tribunal de apelación empeorar la situación del recurrente cuando solo recurre la defensa. Si el fiscal no recurre o se adhiere al recurso, la pena no puede aumentar.
¿Puedo seguir libre mientras se resuelve el recurso?
Depende de si la pena es ejecutable. Si ya se ha ingresado en prisión, la interposición del recurso no suspende automáticamente la ejecución. Puede solicitarse la suspensión argumentando la apariencia de buen derecho y el riesgo de daño irreparable, aunque los jueces la conceden de forma restrictiva.
¿Hay que desplazarse para recurrir?
No. El recurso es un trámite escrito: el estudio de la sentencia, la redacción y la presentación se hacen sin que el cliente tenga que viajar. Por eso el despacho lleva recursos de toda España en las mismas condiciones, con la documentación a través del portal privado y la comunicación por teléfono o WhatsApp.
¿Qué posibilidades tiene un recurso de casación?
La tasa de estimación de los recursos de casación es baja, pero no despreciable cuando la sentencia contiene errores jurídicos reales. Hay que identificar con precisión los motivos de casación aplicables y fundamentarlos con jurisprudencia de la Sala 2ª. Un recurso mal planteado es un recurso perdido antes de presentarse.
Actúa ahora
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