Acoso · Audiencia de Madrid

Sin fechas ni hechos concretos no hay delito de acoso

28 de septiembre de 2026 · Saúl Rosell Manglano, abogado penalista (ICAM 83.198)

Una mujer denunció que su expareja acudía a la cafetería donde trabajaba, en una estación de metro de Madrid, para molestarla. El juzgado lo absolvió, y la Audiencia de Madrid confirma la absolución por falta de concreción.

Ficha de la resolución

Resolución
Sentencia 51/2026 (SAP M 965/2026)
Fecha
2 de febrero de 2026
Tribunal
Audiencia Provincial de Madrid, Sección 27.ª
Delito
Acoso (art. 172 ter CP)
Recurre
La acusación particular
Resultado
Recurso desestimado: absolución confirmada

Qué pasó

La acusación sostenía que, desde 2019, tras la ruptura, el acusado frecuentaba la cafetería donde trabajaba su expareja para molestarla, hasta el punto de que ella tuvo que pedir ayuda a seguridad. Declararon ella y dos compañeras, con versiones discrepantes e imprecisas en el tiempo. Se habló de una asistencia médica por ansiedad que no se acreditó.

El Juzgado de lo Penal n.º 33 de Madrid lo absolvió y levantó el alejamiento.

Qué decidió la Audiencia

Frente a una absolución solo cabe pedir la nulidad, por motivos tasados, y la recurrente pidió una nueva sentencia sin plantearla. Revisar la intención del acusado exige, además, oír de nuevo a los testigos.

En el fondo, el hostigamiento exige acotar con cuidado qué actos hubo, en qué periodos y cómo alteraron gravemente la vida de la víctima, y aquí eso no se hizo. La valoración del juzgado fue exhaustiva, no arbitraria. Absolución confirmada, con posibilidad de casación.

«debe procederse con enorme cuidado para acotar esos actos y periodos temporales, lo que aquí no ha ocurrido»

SAP Madrid, Sección 27.ª, 51/2026, fundamento de derecho 3.º

Qué significa para ti

  • Para que el acoso se condene, hay que concretar cada episodio: qué día, dónde, qué hizo y quién lo vio.
  • Si eres víctima, lleva un registro de cada incidente desde el primer momento y pide a los testigos que lo apunten también. La memoria de meses después no basta.
  • Si te acusan, las contradicciones entre testigos y la falta de fechas son tu mejor defensa.
  • Estos procedimientos se alargan años: aquí la sentencia de apelación llegó casi dos años después de la de instancia.

¿Te acusan de acoso o eres víctima de él en Madrid?

En el delito de acoso todo depende de concretar fechas, actos y consecuencias. Llevo estos asuntos en toda la Comunidad de Madrid, desde la denuncia hasta el recurso.

Resolución analizada por el despacho con fines divulgativos. No es un asunto del despacho. Cada caso depende de sus pruebas y de lo que se declare probado: este análisis no sustituye al consejo de un abogado sobre tu situación concreta.

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