Expulsión · Audiencia de La Rioja

Investigado por drogas y con orden de expulsión: cuándo el juez no puede autorizarla

28 de septiembre de 2026 · Saúl Rosell Manglano, abogado penalista (ICAM 83.198)

A un extranjero con una orden administrativa de expulsión le encontraron 25 pastillas. El juzgado autorizó expulsarlo y archivó la causa penal. La Audiencia de La Rioja revoca esa autorización por una cuestión de legalidad que ni siquiera había planteado la defensa.

Ficha de la resolución

Resolución
Auto 174/2026 (AAP LO 363/2026)
Fecha
26 de junio de 2026
Tribunal
Audiencia Provincial de La Rioja, Sección 1.ª
Delito investigado
Tráfico de drogas (art. 368 CP)
Recurre
La defensa del investigado
Resultado
Autorización de expulsión revocada; sigue la causa

Qué pasó

En una identificación policial, al investigado, extranjero en situación irregular, le encontraron 25 pastillas, al parecer de éxtasis: unos 9,7 gramos. Ya tenía una orden administrativa de expulsión, y la policía pidió al juzgado autorización para ejecutarla.

El juzgado la autorizó y archivó provisionalmente la causa penal. La defensa recurrió: alegaba falta de motivación, un recurso contencioso pendiente y que las pastillas eran para consumo propio.

Qué decidió la Audiencia

La Audiencia rechaza todos esos argumentos. El auto estaba motivado, no se probó el recurso contencioso y 25 pastillas superan lo que se considera consumo propio. Además, el juez penal no decide la expulsión: solo autoriza que se ejecute.

Pero aprecia de oficio un problema de legalidad. La Ley de Extranjería solo permite autorizar la expulsión de un investigado si el delito tiene prevista una pena inferior a seis años de prisión. El tráfico de sustancias que causan grave daño a la salud se castiga con hasta seis años, así que no cabe. Revoca la autorización y ordena continuar el procedimiento penal.

«la pena privativa de libertad prevista no es inferior a 6 años de prisión sino hasta 6 años»

AAP La Rioja, Sección 1.ª, 174/2026, fundamento de derecho 3.º

Qué significa para ti

  • Si eres extranjero y te investigan, la autorización para expulsarte depende de la pena del delito, no solo de tu situación administrativa.
  • Que te expulsen no borra la causa penal: si se revoca la autorización, el procedimiento sigue.
  • Expulsión, archivo y juicio tienen consecuencias muy distintas para tu futuro en España. Antes de aceptar cualquier salida, valóralas con un abogado penalista.
  • Recurrir el auto merece la pena aunque tus argumentos no sean los ganadores: el tribunal puede apreciar de oficio una ilegalidad.

¿Tu asunto está en la Audiencia de La Rioja?

Recurrimos sentencias y autos ante la Audiencia Provincial de La Rioja sin desplazamientos: el recurso se tramita por escrito. Primero te decimos si tiene recorrido.

Resolución analizada por el despacho con fines divulgativos. No es un asunto del despacho. Cada caso depende de sus pruebas y de lo que se declare probado: este análisis no sustituye al consejo de un abogado sobre tu situación concreta.

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