Reparto bloqueado · Casa heredada · Cuentas · Donaciones
Abogado de herenciasHerencia entre hermanos sin acuerdoen Madrid y en toda España
Cuando los hermanos no se ponen de acuerdo, la herencia se queda parada: la casa sin vender, el dinero en el banco y la relación cada vez peor. Nadie está obligado a seguir así. Te explico cómo se desbloquea, qué se le puede reclamar a quien se queda la casa o el dinero y, como penalista, cuándo hay delito y cuándo no.
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Contado sin tecnicismos, con las reglas del Código Civil, que son las de Madrid y la mayor parte de España. Las comunidades con leyes civiles propias tienen algunas reglas distintas: mira qué ley se aplica.
Un hermano no quiere firmar: ¿cómo se reparte sin él?El contador-partidor ante notario y la división en el juzgado.
Nadie está obligado a seguir con la herencia sin repartir, y pedir el reparto no caduca con los años.
Si el testamento nombró a alguien para repartir, un contador-partidor, reparte él.
Si no, los herederos que sumen al menos la mitad de la herencia pueden pedir al notario que nombre un contador-partidor. Ese reparto lo aprueba el notario, salvo que todos lo confirmen, y no necesita la firma del que bloquea.
Si no llegáis a la mitad, cualquier heredero puede pedir la división en el juzgado. Primero se fija la lista de bienes y deudas; después un contador, elegido de común acuerdo o por sorteo entre abogados, prepara el reparto, y si alguien se opone decide el juez.
En el juzgado hay que adelantar dinero para el contador y los peritos, y el proceso puede durar años. Por eso intento siempre un acuerdo primero, con el contador o el juzgado como alternativa real si no llega.
Un hermano vive en la casa de mis padres: ¿qué puedo hacer?Usarla todos, sí; quedársela uno solo sin acuerdo, no.
Mientras la herencia no se reparte, la casa es de todos los herederos. Cada uno puede usarla, pero ninguno puede quedársela en exclusiva y dejar fuera a los demás sin su acuerdo.
Si lo hace, los demás pueden pedir al juzgado que la deje a disposición de todos: es el desahucio por precario. La Audiencia de Madrid lo ordenó en 2026 contra una heredera que vivía sola en el piso de sus abuelos.
Si la alquila y cobra rentas, tiene que abonárselas a los demás en el reparto. Y lo que cada uno pague en arreglos necesarios o útiles se le devuelve.
Reclamarle un alquiler por el tiempo que ha vivido allí no es automático: si los demás lo consintieron, normalmente no se paga. Por eso conviene pedirle por escrito, cuanto antes, que deje la casa o que pague.
Antes de demandar hay que intentar negociar, y un burofax con una propuesta clara sirve para eso. Además, si el otro no acepta ni propone nada y luego se rinde en el juicio, puede acabar pagando las costas.
Uno quiere vender la casa y otro noNadie puede bloquear la venta para siempre.
Si la casa no se puede dividir, en el reparto se puede adjudicar a uno, que paga a los demás su parte en dinero.
Pero basta con que un heredero pida que se venda en subasta pública, abierta a compradores de fuera, para que se haga.
Lo que no se puede es obligar a un hermano a vender su parte a los demás, ni a comprar la de otro, si no estáis todos de acuerdo: sin acuerdo, se vende la casa entera.
En una subasta nadie controla el precio. Por eso, muchas veces basta con plantearla en serio para llegar a un acuerdo.
Si en el reparto la casa se queda a nombre de todos, ya no es herencia sino una casa en común, y se divide con la extinción de condominio.
Mi hermano sacó dinero de las cuentas de mis padresEstar en la cuenta no le hace dueño del dinero.
Figurar como cotitular o como autorizado en la cuenta no hace a nadie dueño del dinero: lo que era de tus padres es de la herencia.
Si lo sacó después de la muerte, tiene que devolverlo a la herencia: la autorización se acaba con el fallecimiento.
Si lo sacó antes, con un poder o con la tarjeta, tiene que justificar en qué se gastó, porque quien gestiona el dinero de otro le debe rendir cuentas. Lo que no justifique se anota en el reparto como una deuda suya con la herencia.
Si fue un regalo de tus padres, cuenta como donación y se tiene en cuenta en el reparto.
Lo primero es reconstruir los movimientos de las cuentas. Te ayudo a pedirlos y a ordenarlos para reclamar con números.
A un hermano le dieron dinero o una casa en vidaLo que recibió se suma a la cuenta del reparto.
Entre hermanos que heredan, lo que uno recibió en vida de tus padres, en dinero o en bienes, se suma a la cuenta del reparto y se le descuenta de su parte, salvo que tus padres le dispensaran de hacerlo.
Aunque le dispensaran, lo regalado cuenta para calcular la parte mínima que la ley garantiza a los demás hijos, la legítima. Si se pasó de lo que tus padres podían dar libremente, se reduce.
Lo regalado se valora a la fecha del reparto, no a la de la donación.
El dinero que tus padres le prestaron y no devolvió es una deuda suya con la herencia.
¿Puedo denunciar a mi hermano?Casi nunca hay pena entre hermanos, pero hay excepciones.
Entre padres e hijos, entre hermanos y entre cónyuges que no están separados, los delitos contra el patrimonio sin violencia, como quedarse con dinero, no tienen pena: quien se lo quedó tiene que devolverlo, pero no hay condena penal. La ley quiere que esos conflictos se resuelvan en la vía civil.
La excepción es que hubiera violencia o intimidación, o que se aprovechara de que tu padre o tu madre era vulnerable por su edad o por una discapacidad: por ejemplo, vaciar la cuenta de alguien con demencia o recién salido de un ictus. Entonces sí puede haber delito, y alguna Audiencia ha ordenado investigarlo antes de archivar.
La exención tampoco protege a los extraños que participen, como la pareja de tu hermano.
Además, la ley no permite que un hermano acuse penalmente a otro por un delito contra el patrimonio. Puedes denunciar, pero quien acusa es la Fiscalía, porque la víctima sería tu padre o tu madre; si la Fiscalía no acusa, el caso se archiva.
Mi consejo: antes de denunciar, mira conmigo si tu caso tiene recorrido penal. Una denuncia que se archiva te hace perder tiempo y endurece la relación, y muchas veces lo eficaz es reclamar el dinero en el reparto.
¿La herencia lleva meses o años parada?
Cuéntame qué hay y quién bloquea. Te digo qué vía es la más rápida en tu caso y cuánto cuesta.
Intento siempre el primero. Los otros dos existen para que nadie pueda bloquear el reparto indefinidamente.
Acuerdo ante notario
Si todos firmáis
Es lo más rápido y lo más barato. Si hace falta, negocio por ti el valor de la casa o quién se queda qué.
Contador-partidor
Si al menos la mitad de la herencia está de acuerdo
El notario nombra a un contador que hace el reparto, sin necesidad de la firma del que bloquea.
División en el juzgado
Si no hay otra salida
Cualquier heredero puede pedirla. Es la vía más larga y la más cara, pero acaba con el bloqueo.
Estar autorizado en la cuenta de tus padres no te hace dueño de su dinero.
Ni siquiera ser cotitular. Lo que era de ellos es de la herencia, y quien lo sacó tiene que explicar en qué se gastó. Como penalista desde 2010, te digo además cuándo hay delito y cuándo no, antes de que denuncies.
Así deciden los tribunales
Cuatro resoluciones recientes
Dos civiles, sobre la casa y las cuentas, y dos penales, sobre cuándo hay delito entre parientes.
Ser heredero no da derecho a quedarse el piso para uno solo
SAP M 11092/2026Desalojo
El casoLos herederos de un matrimonio de Madrid demandaron a una nieta, también heredera, que vivía sola en el piso de los abuelos, pagaba los suministros y decidía quién entraba. No había ningún acuerdo que se lo permitiera.
La reglaLa Audiencia de Madrid ordenó que dejara el piso a disposición de todos los herederos, «al carecer la demandada de un título que justifique la posesión exclusiva y excluyente que se arroga sobre un bien hereditario».
Figurar en la cuenta no te hace dueño del dinero
SAP OU 16/2026Vuelve a la herencia
El casoDos sobrinas, cotitulares de la cuenta de su tía, sacaron tras su muerte dos tercios del saldo, más de 77.000 euros de 116.000, y dijeron que era un regalo. Cuatro de los otros herederos lo reclamaron en el juzgado.
La reglaLa Audiencia de Ourense ordenó devolverlo a la herencia: «la situación de cotitularidad en una cuenta bancaria no supone ni la copropiedad de los fondos en ella depositados ni sirve, por sí sola, para acreditar la existencia de una donación».
Ver 2 resoluciones másMostrar menos
Vaciar la cuenta de un enfermo con un poder sí es delito
STSJ ICAN 4971/2025Condena penal
El casoCon un poder general que su marido le dio en el hospital, una mujer sacó en dos meses más de 120.000 euros de la cuenta de él. Él tenía 86 años y acababa de sufrir un ictus. En su testamento, los herederos eran sus cinco hijos, y a ella le dejaba el tercio libre.
La reglaEl Tribunal Superior de Justicia de Canarias confirmó la condena por apropiación indebida: por la edad y el estado de la víctima no se aplica la exención entre parientes. Un poder sirve para administrar el dinero de otro, no para quedárselo.
Un hermano no pudo acusar al otro por el dinero del padre
AAP BI 188/2026Archivo
El casoUn hijo, autorizado en la cuenta de sus padres y que vivía con ellos, hizo pagos con ese dinero. Tras la muerte del padre, su hermano le denunció por apropiación indebida.
La reglaLa Audiencia de Bizkaia confirmó el archivo: aunque la exención entre parientes no se aplica si la víctima es vulnerable, la ley no permite a un hermano ejercer la acción penal contra otro por un delito patrimonial, y la Fiscalía no acusaba. Era una rendición de cuentas, que se resuelve en la vía civil.
Resoluciones reales que he revisado y resumido. No sustituyen el análisis de tu caso.
Preguntas
Lo que más me preguntan sobre herencias entre hermanos
¿Me pueden obligar a vender la casa de mis padres?
Sí, si no hay acuerdo. Nadie está obligado a seguir con la herencia sin repartir. Si la casa no se puede dividir, se puede adjudicar a uno que pague a los demás, pero basta con que un heredero pida la subasta para que se venda. Por eso casi siempre compensa negociar antes.
Mi hermano vive en la casa: ¿tiene que pagarme un alquiler?
No de forma automática. Si los demás lo consentisteis, normalmente no se paga por el tiempo pasado. Lo que sí podéis es pedirle que deje la casa a disposición de todos, y si la alquila, las rentas se reparten. Conviene reclamar por escrito cuanto antes.
¿Puedo vender mi parte de la herencia sin permiso de mis hermanos?
Sí, pero si la vendes a alguien de fuera antes del reparto, tus hermanos pueden quedarse con ella pagando lo mismo que pagó el comprador, en el plazo de un mes desde que les comuniquen la venta.
¿Cuánto tarda repartir una herencia en el juzgado?
A menudo, años: en las resoluciones analizadas, entre la demanda y la sentencia del reparto pasan con frecuencia varios años. Por eso el contador-partidor ante notario, cuando es posible, y la negociación suelen ser mejores opciones.
Mi hermano sacó dinero de las cuentas de mi madre: ¿tiene que devolverlo?
Si lo sacó después de que muriera, sí: es de la herencia. Si lo sacó antes, tiene que justificar en qué se gastó; lo que no justifique se le descuenta en el reparto, y si fue un regalo, cuenta como donación.
¿Puedo denunciar a mi hermano por quedarse con la herencia?
Entre hermanos, quedarse con dinero sin violencia normalmente no tiene pena: solo hay que devolverlo. La excepción es que se aprovechara de que vuestro padre o vuestra madre era vulnerable por su edad o una discapacidad, y aun entonces la ley no deja que un hermano acuse al otro: acusa la Fiscalía. Antes de denunciar conviene estudiar el caso, porque muchas veces lo eficaz es la vía civil.
Un hermano tiene deudas: ¿pueden embargar la casa de la herencia?
Sus acreedores pueden cobrar de lo que le toque a él, no de tu parte. No pueden pedir el reparto, pero sí intervenir en él, a su costa, para que no se haga en fraude de sus derechos. Y si tu hermano renuncia y eso les perjudica, pueden pedir al juez que les deje aceptar en su nombre, hasta cubrir lo que les debe.
¿Hace falta abogado para repartir una herencia?
Para un reparto con acuerdo ante notario no es obligatorio, aunque conviene que alguien revise el reparto y los impuestos. Para la división en el juzgado, sí.
Cuéntame tu caso
¿Tus hermanos bloquean la herencia, o falta dinero de las cuentas?
Cuéntame qué ha pasado. Te digo qué puedes reclamar, por qué vía y cuánto cuesta, y te envío un presupuesto por escrito, gratis y sin compromiso.
Soy Saúl Rosell y esta es mi web. Si me das permiso, uso cookies de Google, Microsoft y Meta: de analítica, para saber qué páginas se leen, y de publicidad, para saber si llegas desde un anuncio y si después me contactas. Si no, solo uso lo necesario para que la web funcione, como recordar lo que elijas aquí. Puedes cambiar de opinión cuando quieras. Más información en la política de cookies.