Cargos públicos · Audiencia de Ourense

No toda irregularidad de un cargo público es prevaricación: la Audiencia de Ourense archiva la causa contra el alcalde

28 de septiembre de 2026 · Saúl Rosell Manglano, abogado penalista (ICAM 83.198)

El alcalde de Ourense ejerce con dedicación exclusiva y nunca pidió la declaración de compatibilidad con los ingresos de su televisión privada. El juzgado lo llevó hacia el juicio por prevaricación. La Audiencia archiva definitivamente la causa y explica dónde está la frontera entre una irregularidad y un delito.

Ficha de la resolución

Resolución
Auto 398/2026 (AAP OU 333/2026)
Fecha
26 de junio de 2026
Tribunal
Audiencia Provincial de Ourense, Sección 2.ª
Delito investigado
Prevaricación administrativa omisiva (art. 404 CP)
Recurre
El alcalde investigado
Resultado
Sobreseimiento libre: la causa se cierra

Qué pasó

El alcalde ejerce el cargo con dedicación exclusiva desde 2019 y, a la vez, cobra ingresos como titular de una televisión local, una actividad que ya tenía antes y que era pública y notoria. Nunca pidió la declaración de compatibilidad. Un asesor jurídico municipal le dijo que no hacía falta, otro que la cuestión era opinable, y los técnicos del Ayuntamiento nunca pusieron reparos.

La Fiscalía investigó los mismos hechos y archivó: vio una irregularidad administrativa, no un delito. Aun así, a raíz de una querella, el juzgado de Ourense acordó seguir adelante hacia el juicio por prevaricación omisiva.

Qué decidió la Audiencia

La prevaricación por omisión es excepcional. Exige un deber claro de resolver y que no hacerlo equivalga a dictar una resolución arbitraria. Un acto puede ser ilegal, incluso nulo, sin ser delito: la prevaricación exige además una contradicción abierta con el Derecho que no pueda sostenerse con ninguna interpretación razonable.

Aquí la propia obligación de pedir la compatibilidad era discutible, el alcalde contaba con un informe jurídico y la Fiscalía ya había archivado. Incumplir el régimen de incompatibilidades puede corregirse en la vía administrativa, pero no convierte al alcalde en delincuente. Sobreseimiento libre, que cierra la causa. Cabe casación.

«no toda omisión o incumplimiento de un deber por parte de un funcionario puede catalogarse de prevaricación administrativa omisiva»

AAP Ourense, Sección 2.ª, 398/2026, fundamento jurídico 2.º

Qué significa para ti

  • Si eres cargo público, la diferencia entre una irregularidad y un delito de prevaricación está en la arbitrariedad: que no haya ninguna interpretación jurídica razonable que sostenga tu decisión.
  • Los informes técnicos y jurídicos que pediste antes de decidir son tu mejor defensa. Consérvalos y pídelos siempre por escrito.
  • Un archivo previo de la Fiscalía por los mismos hechos pesa mucho a tu favor.
  • Recurre el auto que te lleva hacia el juicio: es el momento de discutir si los hechos son delito, y aquí eso cerró la causa.

¿Eres cargo público, funcionario o directivo y te han citado como investigado?

La primera declaración y el primer recurso marcan el resto del procedimiento. Defiendo a cargos públicos y directivos en toda España.

Resolución analizada por el despacho con fines divulgativos. No es un asunto del despacho. Cada caso depende de sus pruebas y de lo que se declare probado: este análisis no sustituye al consejo de un abogado sobre tu situación concreta.

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