Recurso de apelación · Audiencia de Murcia
Una pericial caligráfica sobre fotocopia no basta, y la Audiencia de Murcia no puede condenar a quien fue absuelta
28 de septiembre de 2026 · Saúl Rosell Manglano, abogado penalista (ICAM 83.198)
Una mujer fue acusada de presentar en un pleito civil un documento con una firma falsa. La absolvieron, y los querellantes pidieron a la Audiencia de Murcia que la condenara. No pudo ser, y la razón es un error procesal que conviene conocer.
Ficha de la resolución
- Resolución
- Sentencia 198/2026 (SAP MU 1363/2026)
- Fecha
- 12 de junio de 2026
- Tribunal
- Audiencia Provincial de Murcia, Sección 3.ª
- Delito
- Presentación en juicio de documento falso
- Recurren
- Los querellantes, pidiendo la condena
- Resultado
- Recurso desestimado: absolución confirmada
Qué pasó
En 2007, la acusada firmó un reconocimiento de deuda de 44.400 euros con un hombre. Años después, cuando los hijos de él ya lo reclamaban en un juicio civil, ella aportó un documento en el que el acreedor declaraba que no le debía nada.
Un perito concluyó que la firma del acreedor era una imitación, pero trabajó sobre una fotocopia y no pudo descartar un montaje digital. El juzgado de Lorca la absolvió, valorando también que se tardó casi nueve años en reclamar, cuando el acreedor ya había fallecido.
Qué decidió la Audiencia
La absolución se basaba en cómo el juzgado valoró las declaraciones y la pericial. Esos hechos probados no se pueden cambiar en apelación para condenar.
La única vía posible era pedir la nulidad de la sentencia por un defecto de motivación, y los recurrentes no la pidieron. Desde la reforma de 2015, la Audiencia no puede decretarla por su cuenta. El recurso se desestima sin entrar en el fondo. Cabe casación.
«el recurso no interesa, ni de forma expresa ni de forma tácita, la nulidad de la sentencia impugnada, lo que conlleva directamente a su desestimación»
Qué significa para ti
- Una pericial caligráfica hecha sobre una fotocopia pierde mucha fuerza. Si vas a denunciar una firma falsa, consigue el original.
- Si recurres una absolución, pedir la condena no sirve: hay que pedir la nulidad y explicar el defecto. Es un error frecuente que cierra el recurso.
- Si fuiste absuelto, revisa qué pide exactamente el recurso contrario. A veces se gana solo con señalar lo que no piden.
- Dejar pasar años antes de reclamar juega en contra de quien acusa.
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Resolución analizada por el despacho con fines divulgativos. No es un asunto del despacho. Cada caso depende de sus pruebas y de lo que se declare probado: este análisis no sustituye al consejo de un abogado sobre tu situación concreta.
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