Quién instruye y quién juzga. Instruye el Juzgado de Instrucción del lugar de los hechos. Como la pena de la agresión sexual con acceso carnal empieza en 4 años, casi siempre enjuicia la Audiencia Provincial; solo la modalidad básica sin agravantes, con pena máxima de 4 años, puede quedar en el Juzgado de lo Penal.
Instrucción reservada. Es habitual que el juez decrete el secreto de las actuaciones durante la fase inicial, para proteger la prueba y a las partes. La defensa debe estar preparada para actuar incluso con acceso limitado al expediente.
Medidas cautelares desde el primer momento. Orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima y, en los casos más graves (acceso carnal, pluralidad de agresores, riesgo de fuga o reincidencia), prisión provisional. Tanto si te las han impuesto como si las necesitas como víctima, hay plazos y argumentos concretos para pedirlas, recurrirlas o pedir su modificación.