Custodia compartida · Visitas · Cambios

Abogado de familia Custodia de los hijos y visitas en Madrid y en toda España

Si os separáis y no os ponéis de acuerdo con los niños, o tu ex no cumple lo que se fijó, lo que quieres saber es qué puedes conseguir y cómo. Te lo explico claro y preparo contigo un plan concreto para tus hijos, que es lo que mira el juez.

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Compartida o con uno solo

Lo que mira el juez para decidir

Son los criterios del Tribunal Supremo. Ninguno decide solo: se valoran juntos, pensando en tus hijos.

Lo que cada uno ha hecho hasta ahora
Quién se ha ocupado de los niños y cómo, y lo que sabe hacer cada uno.
Lo que quieren los hijos
Lo que dicen los hijos con suficiente madurez, oídos sin la influencia de ninguno de los padres.
Cuántos hijos son
El número de hijos y, en la práctica, que no se separe a los hermanos.
El respeto entre los padres
Que cada uno cumpla con los hijos y que haya un respeto mínimo entre vosotros.
Los informes
El informe del equipo psicosocial del juzgado y el del fiscal.
La organización real
Horarios, distancia entre las casas y el colegio y ayuda de familiares: todo lo que permita a los niños una vida normal.

¿Quieres la compartida, o que no te la quiten?

Cuéntame cómo os organizáis ahora, vuestros horarios y la edad de los niños, y te digo qué posibilidades hay y cuánto cuesta.

La custodia compartida no es solo repartir el tiempo: exige que los dos cooperéis en la crianza.

Por eso el juez mira tanto los horarios como la relación entre vosotros. Las discusiones normales de una separación no la impiden; una relación en la que no se puede acordar nada, sí. Llevar un plan concreto, con horarios, colegio y apoyos, es lo que más ayuda.

Lo que te preocupa

Respuestas, una por una

Contado sin tecnicismos. En Cataluña, Aragón, Navarra y otros sitios con leyes civiles propias algunas reglas cambian.

¿Cómo consigo la custodia compartida?Cuándo se concede, cuándo no y qué ayuda a conseguirla.
  • El juez puede darla aunque solo la pida uno de los dos, después de oír al fiscal, si es lo que mejor protege a los hijos. En una sentencia de 2026, la Audiencia de Madrid, siguiendo al Supremo, la consideró la solución normal cuando es posible.
  • Las discusiones normales de una separación no la impiden. Lo que sí la impide es una relación tan mala que haga imposible cooperar: para el Supremo, la compartida no es un mero reparto del tiempo de los niños.
  • Trabajar a turnos no la impide por sí solo. El juez mira la organización real: horarios acreditados con un certificado de empresa, cercanía de las casas y ayuda puntual de familiares. A veces se fija un sistema mixto que sigue los turnos.
  • Si ya funciona, no se puede cambiar sin más: el Supremo anuló una sentencia que quitó una compartida que funcionaba desde hacía años sin oír antes a la menor.
  • Si no estabais casados, la custodia, las visitas y la pensión se piden igual, en un procedimiento propio y con las mismas reglas.
¿Cómo se fijan las visitas?Cuándo, cómo y dónde, cuándo se limitan y qué pasa con los abuelos.
  • El juez fija cuándo, cómo y dónde puede estar con los niños el que no vive con ellos, y cómo se comunican.
  • Se pueden limitar o suspender si hay motivos serios o si se incumplen una y otra vez.
  • Si hay una causa penal por violencia contra el otro o contra los hijos, la regla es suspenderlas, pero el juez puede mantenerlas si es lo mejor para los niños; nunca si el padre o la madre está en prisión por esos delitos. Lo explico en separación con denuncia.
  • Los padres no pueden impedir sin una razón seria que los nietos vean a sus abuelos. Si se oponen, los abuelos pueden pedir visitas al juez, y la razón la tiene que probar quien se opone.
¿Se puede cambiar lo que se acordó?Lo que hace falta para cambiar la custodia o las visitas.
  • Sí: se pide al juzgado que fijó las medidas (es lo que se llama modificación de medidas), o se firma un nuevo convenio si hay acuerdo. Antes de demandar hay que intentar negociar, salvo excepciones como la violencia de género o las medidas urgentes para proteger a los hijos.
  • Para pasar a la custodia compartida, una sentencia de 2026 de la Audiencia de Madrid admitió que basta un cambio real, como que los hijos hayan crecido, sin exigir un cambio radical.
  • Para otros cambios, como ampliar las visitas, el cambio tiene que ser duradero, no provocado por quien lo pide y no previsto cuando se fijaron. Que el hijo sea mayor, por sí solo, no basta.
  • Un nuevo entorno que perjudica a los niños sí justifica el cambio: el Supremo devolvió la custodia al padre porque la madre convivía con una pareja condenada por violencia contra ella delante de los hijos.
  • Mientras dura el pleito se puede pedir un cambio provisional.
¿Qué hago si no me deja ver a mis hijos?Cómo se hacen cumplir las visitas.
  • Se pide al mismo juzgado que haga cumplir lo que se fijó: primero un requerimiento con advertencia y, si sigue, multas mensuales, recuperar los días perdidos y que te devuelva los gastos.
  • Si incumple una y otra vez, el juez puede cambiar la custodia y las visitas, siempre que una evaluación previa diga que eso es lo mejor para los niños.
  • Los mensajes de WhatsApp sirven como prueba, y no hace falta tener documentado cada incumplimiento.
  • También incumple quien no recoge a los niños cuando le toca.
  • Retener a los hijos saltándose una resolución del juez puede ser un delito de sustracción de menores.
¿Me puedo ir a vivir a otra ciudad con los niños?Otra ciudad u otro país: qué permisos hacen falta.
  • No por tu cuenta, aunque tengas la custodia: hace falta el permiso del otro o el del juez.
  • Si hay riesgo de que alguien se lleve a los niños, el juez puede exigir permiso previo para cualquier cambio de domicilio y prohibir que salgan de España o que se les saque pasaporte.
  • Un traslado lejos suele hacer imposible la custodia compartida y obliga a reorganizar las visitas.
  • Llevarse o retener a los hijos sin una razón justificada puede ser delito.

Así deciden los tribunales

Ocho sentencias recientes

Cuatro de la Audiencia de Madrid y dos del Supremo, sobre la compartida, la opinión de los hijos, las visitas y los incumplimientos.

Las niñas crecieron y el padre consiguió la compartida

SAP M 10833/2026Custodia compartida concedida

El casoDivorcio de 2020 en Pozuelo de Alarcón con custodia materna de dos hijas nacidas en 2014. El padre pidió la compartida y la madre alegó que no había cambiado nada importante.

La reglaLa Audiencia de Madrid confirmó la compartida por semanas alternas: bastaba un cambio real, el crecimiento de las niñas; el informe psicosocial era favorable, ya se repartían las estancias y «no se puede petrificar la situación de un menor desde el momento de un pacto original».

Una relación pésima entre los padres impide la compartida

SAP M 11209/2026Compartida denegada

El casoPareja no casada en Navalcarnero, ambos profesores con ingresos casi iguales. La madre cuidaba de los hijos desde las medidas provisionales de 2019 y el padre pedía la compartida.

La reglaLa Audiencia de Madrid la denegó: «los correos electrónicos cruzados entre progenitores aportados por ambas partes demuestran la pésima relación entre los mismos». Sin un mínimo de entendimiento, la compartida no funciona.

Ver 6 resoluciones más

Con casi 17 años, la voluntad del hijo fue decisiva

SAP M 3749/2026Custodia materna confirmada

El casoEn Móstoles había un sistema mixto ligado a los turnos del padre, que pidió la compartida todo el año invocando la voluntad de su hijo. El hijo fue oído tres veces.

La reglaLa Audiencia de Madrid mantuvo la custodia de la madre: «siendo evidente las habilidades parentales de ambos progenitores, es trascendental la voluntad y deseos del hijo», que quería seguir con ella y ver a su padre cuando quisieran los dos.

Que el hijo haya crecido no basta para ampliar las visitas

SAP M 10376/2026Ampliación de visitas denegada

El casoEn Leganés, el padre pidió primero la custodia y en apelación solo dormir con su hijo tres noches por semana. El hijo dijo que le gustaría quedarse a dormir con su padre algunos días, no siempre, y que estaba bien así.

La reglaLa Audiencia de Madrid lo rechazó: «El incremento de edad del menor por sí solo no puede fundamentar el aumento del régimen de visitas». Hace falta un cambio duradero y no previsto.

Un entorno violento en casa de la madre justifica el cambio

STS 5658/2025Custodia al padre

El casoLa madre tenía la custodia desde 2016 y convivía con una pareja condenada por violencia de género contra ella en presencia de los niños y por quebrantar el alejamiento. La Audiencia le había devuelto la custodia.

La reglaEl Supremo restableció la custodia paterna que había acordado el juzgado: la protección que merece la madre como víctima «no puede abordarse en detrimento ni a costa de la imperativa protección del interés superior de sus hijos».

Una causa penal no suspende las visitas de forma automática

STS 181/2026Visitas mantenidas

El casoLa madre pedía suspender las visitas del padre porque había una causa por violencia de género en marcha. La orden de protección se había dejado sin efecto más de un año antes.

La reglaEl Supremo mantuvo las visitas: los episodios denunciados «quedan circunscritos, según la versión de la denunciante, a su propia persona», y no constaba riesgo para las niñas. La ley permite mantenerlas con una resolución motivada.

Quien se opone a que la abuela vea a las nietas tiene que probar por qué

SAP CA 2174/2026Visitas de la abuela

El casoEl padre de dos nietas y las madres de ambas se oponían a las visitas de la abuela paterna, que se llevaba mal con su hijo.

La reglaLa Audiencia de Cádiz confirmó una visita al mes, primero en punto de encuentro: el perjuicio «ha de acreditarse cumplidamente por quien pone impedimento para dicha relación y no al revés».

Incumplir las visitas una y otra vez puede costar la custodia

SAP B 223/2026Custodia paterna mantenida

El casoTras advertencias y una multa por los incumplimientos repetidos de la madre, el juzgado pasó la custodia de la niña al padre, que vive en Madrid. La madre pedía recuperarla.

La reglaLa Audiencia de Barcelona la mantuvo con el padre: «Dicha resolución no es castigo, sino consecuencia legal del incumplimiento reiterado de la resolución judicial». Aplica el Derecho civil catalán, pero la regla de las visitas incumplidas es la misma en toda España.

Resoluciones reales que he revisado y resumido. No sustituyen el análisis de tu caso.

Preguntas

Lo que más me preguntan sobre la custodia

¿Puedo pedir la custodia compartida aunque el otro no quiera?

Sí. Sin acuerdo, el juez puede darla aunque solo la pida uno, después de oír al fiscal, si es lo mejor para los hijos. Mira lo que cada uno ha hecho hasta ahora, lo que dicen los hijos, la relación entre vosotros, los informes y la organización real. Llevar un plan concreto, con horarios, colegio y apoyos, es lo que más ayuda.

Trabajo a turnos, ¿me la pueden negar por eso?

Los turnos no la impiden por sí solos. El juez mira si en la práctica puedes atender a los niños: horarios acreditados con un certificado de empresa, flexibilidad, cercanía de las casas y ayuda puntual de familiares. A veces se fija un sistema mixto que sigue los turnos.

¿El niño puede decidir con quién vive?

No decide, pero tiene derecho a ser oído. Desde los 12 años, si hay juicio, hay que oírlo; antes, si tiene suficiente madurez y se considera necesario. Su opinión pesa más cuanto más maduro es y más libre la expresa, y cerca de los 18 suele ser decisiva.

¿Qué hago si no me deja ver a mis hijos?

Pedir al juzgado que fijó las visitas que las haga cumplir. Primero hay una advertencia y después pueden imponerse multas, recuperarse los días perdidos y devolverse los gastos. Si incumple una y otra vez, el juez puede cambiar la custodia si es lo mejor para los niños. Guarda los mensajes: sirven como prueba.

¿Puedo cambiar la custodia o las visitas si han cambiado las cosas?

Sí, pidiéndoselo al juzgado o con un nuevo convenio si hay acuerdo. Para pasar a la compartida, una sección de la Audiencia de Madrid admite un cambio real, como que los hijos hayan crecido. Para otros cambios hace falta que sea duradero y no previsto, y la sola edad del hijo no basta. Antes de demandar hay que intentar un acuerdo, salvo excepciones como la violencia de género.

Si hay una denuncia por violencia, ¿puede haber compartida o visitas?

Compartida no, mientras haya una causa penal por atentar contra el otro o contra los hijos, o indicios fundados de violencia. Las visitas, como regla, se suspenden, pero el juez puede mantenerlas si es lo mejor para los niños, por ejemplo con entregas por terceros o en un punto de encuentro. Nunca si el padre o la madre está en prisión por esos delitos.

¿Los abuelos tienen derecho a ver a sus nietos?

Sí. Los padres no pueden impedirlo sin una razón seria, y si se oponen, los abuelos pueden pedir visitas al juez. Que abuelos y padres se lleven mal no basta, y es quien se opone quien tiene que probar que perjudica a los niños.

¿Puedo irme a vivir a otra ciudad con mis hijos?

No por tu cuenta, aunque tengas la custodia. Hace falta el permiso del otro o el del juez. Llevártelos sin ese permiso puede volverse en tu contra en el juzgado de familia e incluso ser un delito de sustracción de menores.

Cuéntame tu caso

¿Tienes un problema con la custodia o las visitas?

Cuéntame cómo están las cosas ahora y qué quieres conseguir. Te digo qué opciones tienes y te envío un presupuesto por escrito, gratis y sin compromiso.

Saúl Rosell Manglano · ICAM 83.198 · Presupuesto por escrito, gratis y sin compromiso

Derecho de familia

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