Art. 173 CP

Abogado penalista

Violencia doméstica

en Madrid

Bienvenido a nuestra sección especializada en delitos de violencia doméstica, regulados principalmente en el artículo 173.2 del Código Penal Español. Aquí te explicamos los distintos tipos de delitos que se enmarcan en el ámbito familiar, sus agravantes y atenuantes, y cómo te ayudamos en cada momento del proceso penal.

Si estás siendo investigado o acusado por un delito de violencia doméstica, o si te han citado en alguna fase del procedimiento, esta página te ayudará a entender tu situación jurídica y los pasos que debes seguir para proteger tus derechos.

Diferencias Clave entre los Delitos

Haz clic en cada delito para explorar en profundidad su regulación, elementos y casos comunes

Malos Tratos Habituales

Artículo 173.2 del Código Penal

Dolo/Intención:

Sí (intención de ejercer violencia habitual)

Resultado:

Ejercicio habitual de violencia física o psíquica en el ámbito familiar

Pena:

6 meses a 3 años de prisión

Elementos del delito:

  • Pluralidad de actos de violencia
  • Proximidad temporal entre los actos
  • Creación de un ambiente de miedo y sumisión
  • Víctima del ámbito del art. 173.2 CP (cónyuge, pareja, familiar)

Jurisprudencia:

STS 720/2019: La habitualidad se acredita por la reiteración de actos y el ambiente de dominación creado. No es necesario que los actos previos hayan sido enjuiciados.

Casos comunes:

  • Agresiones físicas repetidas en el tiempo
  • Humillaciones y control constante del día a día
  • Amenazas reiteradas que generan clima de terror
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Malos Tratos No Habituales

Artículo 153 del Código Penal

Dolo/Intención:

Sí (intención de agredir puntualmente)

Resultado:

Actos aislados de violencia física o psíquica

Pena:

6 meses a 1 año de prisión o TBC 31-80 días

Elementos del delito:

  • Un solo acto de violencia física o psíquica
  • Víctima perteneciente al ámbito familiar (art. 173.2)
  • Incluye maltrato de obra sin lesión
  • Menoscabo psíquico o lesión de menor gravedad

Jurisprudencia:

STS 345/2020: Basta un único acto de violencia para configurar el tipo. No es necesaria la habitualidad ni que se produzca lesión visible.

Casos comunes:

  • Empujón, bofetada o golpe aislado sin lesiones
  • Insultos graves puntuales que causen menoscabo psíquico
  • Amenaza concreta sin reiteración en el tiempo
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Amenazas en Ámbito Familiar

Arts. 171.4, 171.5, 171.7 del Código Penal

Dolo/Intención:

Sí (intención de intimidar)

Resultado:

Amenaza de causar un mal a familiar o conviviente

Pena:

6 meses a 3 años (graves) o multa (leves)

Elementos del delito:

  • Anuncio de causar un mal
  • Víctima del ámbito del art. 173.2 (familiar, pareja, conviviente)
  • Gravedad según contexto e intensidad de la amenaza
  • No requiere cumplimiento efectivo de la amenaza

Jurisprudencia:

STS 412/2021: Las amenazas verbales tienen entidad propia aunque no se lleguen a cumplir. El contexto de violencia doméstica agrava la percepción de la víctima.

Casos comunes:

  • Te voy a matar si intentas irte
  • Amenaza exhibiendo arma blanca en contexto familiar
  • Amenazas repetidas por mensajes o llamadas
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Coacciones Domésticas

Arts. 172.2 y 172.3 del Código Penal

Dolo/Intención:

Sí (intención de anular voluntad)

Resultado:

Impedir o forzar conductas mediante violencia

Pena:

6 meses a 3 años de prisión o multa

Elementos del delito:

  • Uso de violencia para impedir u obligar a hacer algo
  • Ámbito familiar del art. 173.2 CP
  • Anulación de la autonomía de la víctima
  • Puede ser grave o leve según intensidad

Jurisprudencia:

STS 567/2020: El control total sobre decisiones cotidianas de la víctima constituye coacción continuada. Impedir trabajar, estudiar o relacionarse socialmente son ejemplos típicos.

Casos comunes:

  • Impedir salir de casa o relacionarse con familiares
  • Obligar a vestir de determinada forma
  • Control absoluto de relaciones sociales y actividades
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Acoso Familiar (Stalking)

Artículo 172 ter.2 del Código Penal

Dolo/Intención:

Sí (intención de hostigar)

Resultado:

Hostigamiento continuado que altera gravemente la vida cotidiana

Pena:

1 a 2 años de prisión o multa 12-24 meses

Elementos del delito:

  • Acoso insistente y reiterado sin autorización
  • Alteración grave del desarrollo de vida cotidiana
  • Víctima del ámbito del art. 173.2 CP
  • Puede incluir seguimientos, vigilancia, mensajes constantes

Jurisprudencia:

STS 890/2021: El acoso familiar incluye seguimientos, vigilancia del domicilio, llamadas constantes y contactos no deseados. La insistencia y reiteración son elementos clave.

Casos comunes:

  • Seguimientos constantes al trabajo o domicilio
  • Llamadas y mensajes insistentes día y noche
  • Vigilancia del domicilio o lugares frecuentados por la víctima
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Quebrantamiento de Condena

Artículo 468 del Código Penal

Dolo/Intención:

Sí (intención de incumplir)

Resultado:

Incumplimiento de prohibiciones o medidas de alejamiento

Pena:

6 meses a 1 año de prisión

Elementos del delito:

  • Existencia de prohibición judicial vigente (alejamiento, comunicación)
  • Incumplimiento voluntario y consciente
  • No requiere consentimiento ni petición de la víctima
  • Aplicable incluso si la víctima consiente el encuentro

Jurisprudencia:

STS 234/2022: El quebrantamiento es un delito autónomo que se consuma aunque la víctima consienta o propicie el encuentro. La protección de la medida judicial es indisponible.

Casos comunes:

  • Acercamiento dentro del perímetro de alejamiento prohibido
  • Llamada telefónica o mensaje a víctima protegida
  • Contacto a través de terceras personas
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Lesiones en Ámbito Familiar

Arts. 147.2 y 148.5 del Código Penal

Dolo/Intención:

Sí (intención de lesionar)

Resultado:

Lesiones físicas o psíquicas en contexto de violencia doméstica

Pena:

Multa (leves) o 2 a 5 años (agravadas)

Elementos del delito:

  • Menoscabo de integridad física o psíquica
  • Víctima del ámbito del art. 173.2 CP
  • Puede ser leve o agravada según resultado
  • Las lesiones básicas requieren tratamiento médico

Jurisprudencia:

STS 456/2021: Las lesiones psíquicas tienen la misma relevancia penal que las físicas. El contexto de violencia doméstica agrava la conducta conforme al art. 148.5.

Casos comunes:

  • Golpes que requieren tratamiento médico
  • Lesiones con secuelas físicas permanentes
  • Daño psicológico acreditado por informe pericial
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Injurias y Vejaciones Leves

Artículo 173.4 del Código Penal

Dolo/Intención:

Sí (intención de humillar)

Resultado:

Insultos y humillaciones en ámbito familiar

Pena:

TBC 31-80 días o multa 1-3 meses

Elementos del delito:

  • Ofensas verbales o gestuales
  • Menoscabo de dignidad y honor
  • Ámbito del art. 173.2 CP (familiar o conviviente)
  • Carácter leve pero con impacto en la víctima

Jurisprudencia:

STS 189/2020: Las injurias leves en contexto de violencia doméstica justifican la intervención penal por el ambiente de humillación constante que generan.

Casos comunes:

  • Insultos graves y reiterados en el tiempo
  • Humillaciones públicas delante de terceros
  • Desprecios y vejaciones constantes
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Esta comparativa es orientativa. Cada caso debe analizarse individualmente con asesoramiento legal profesional.

Fases del Proceso Judicial

Diagrama interactivo del procedimiento penal en delitos de lesiones. Haz clic en cada fase para conocer más detalles.

Nota importante: Los plazos indicados son aproximados y pueden variar según la complejidad del caso, la carga de trabajo del juzgado y las circunstancias específicas de cada procedimiento. En Rosell Abogados analizamos tu caso de forma personalizada y te informamos de los plazos reales aplicables a tu situación.

Instrucción Penal

Diligencias de Investigación en Delitos de Lesiones

La fase de instrucción persigue el descubrimiento y comprobación del hecho punible. En delitos de lesiones, se recurre a diligencias restrictivas de derechos fundamentales que requieren autorización judicial mediante auto motivado y el estricto cumplimiento del Principio de Proporcionalidad.

Importante: Proporcionalidad y Garantías

Todas estas diligencias deben respetar el principio de proporcionalidad (idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto) y requieren autorización judicial mediante auto motivado cuando afecten a derechos fundamentales. Una defensa técnica especializada puede detectar irregularidades procesales que invaliden las pruebas obtenidas.

Calculadora de Penas para Delitos de Violencia Doméstica en España

Herramienta interactiva que estima la pena aplicable según el Código Penal español. Calcula automáticamente el marco punitivo considerando el tipo de delito (malos tratos habituales, amenazas, coacciones, quebrantamiento), grado de ejecución, participación, circunstancias agravantes y atenuantes específicas del ámbito familiar.

Esta calculadora es orientativa. Cada caso requiere análisis jurídico personalizado por un abogado penalista especializado.

Pena Estimada

Tipo de delito aplicable:

Malos tratos no habituales (Art. 153)

6 meses a 1 años de prisión

Marco legal base: 6 meses a 1 años de prisión

Cálculo exacto hasta el día según Arts. 62, 63, 66, 70, 153, 171, 172, 173 y 468 del Código Penal. Las rebajas en grado siguen estrictamente el Art. 70 CP. Esta estimación es orientativa y no sustituye asesoramiento profesional.

Advertencia Legal: Esta calculadora es orientativa y no sustituye el asesoramiento jurídico profesional. Los delitos de violencia doméstica requieren un análisis individualizado considerando habitualidad, contexto familiar, medidas de protección y todas las circunstancias concurrentes.

Agravantes Específicas en Violencia Doméstica

Los delitos de violencia doméstica contemplan circunstancias agravantes específicas que incrementan significativamente las penas cuando concurren. Los tribunales exigen acreditación específica de cada una.

Delitos de Mayor Gravedad en Violencia Doméstica

Cuando la violencia se vuelve habitual o produce lesiones que requieren tratamiento médico, se aplican tipos penales con penas significativamente más elevadas.

¿Necesitas asesoramiento en violencia doméstica?

Las agravantes específicas y los delitos de mayor gravedad pueden modificar sustancialmente la pena, las medidas cautelares y la estrategia de defensa. Es fundamental contar con asesoramiento especializado desde el primer momento.

Medidas Cautelares y Penas en Violencia Doméstica

El juez penal puede adoptar medidas cautelares penales y civiles para proteger a la víctima y menores afectados.

Medidas Cautelares Penales

Penas Accesorias

Diferencia con medidas cautelares: Las penas accesorias de alejamiento y prohibición de comunicación se imponen tras condena firme y tienen naturaleza punitiva definitiva, a diferencia de las medidas cautelares que son provisionales durante el proceso.

Medidas Cautelares Civiles

Orden de protección (Art. 544 ter LECrim): El juez penal puede adoptar medidas civiles junto a las penales para protección integral de víctima y menores. Vigencia inicial de 30 días, prorrogables si se inicia proceso civil. Irrecurribles en vía penal, modificables solo ante juez civil.

Consideraciones procesales importantes

Coordinación civil-penal: Las medidas civiles adoptadas en vía penal tienen carácter cautelar y preferente sobre las civiles previas, pero deben ratificarse o modificarse por el juez civil en plazo de 30 días desde su adopción.

Modificación: Las medidas cautelares son revisables en cualquier momento si cambian las circunstancias que justificaron su adopción. La parte puede solicitar modificación o alzamiento aportando nuevos elementos.

Quebrantamiento: El incumplimiento de cualquier medida cautelar penal o pena accesoria constituye delito del art. 468 CP (prisión de 6 meses a 1 año), incluso con consentimiento de la víctima.

¿Por Qué Elegirnos?

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Defensa penal especializada en delitos de violencia doméstica con amplio historial de casos exitosos.

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Diseñamos la defensa según las circunstancias concretas de tu caso y tipo de delito familiar.

Intervención urgente

Una defensa temprana y bien planteada puede evitar errores irreparables en tus declaraciones.

Opiniones de Clientes

Excelente profesional. Me ayudó en un caso de tráfico y su conocimiento del procedimiento fue clave para conseguir la absolución.

Carlos M.

Saúl Rosell estudió mi caso con gran detalle y consiguió el sobreseimiento. Trato cercano y profesional en todo momento.

Ana R.

Me asistieron en una detención urgente de madrugada. Su rapidez y conocimiento fueron fundamentales para mi defensa.

Miguel S.

Muy agradecida por el trato humano y la estrategia que diseñaron. Consiguieron que se archivara el caso antes del juicio.

Laura P.

Me asesoraron en el ingreso en tercer grado. Su experiencia en derecho penitenciario es excepcional.

Jorge F.

Recurrieron mi sentencia y consiguieron reducir sustancialmente la pena. Gran conocimiento jurídico.

Isabel G.

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Jorge F.

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Isabel G.

Preguntas Frecuentes

Resolvemos tus dudas sobre delitos de violencia doméstica y el proceso penal

Más preguntas frecuentes

¿Qué es el maltrato de obra en el ámbito familiar?

Golpear o maltratar sin causar lesión. Pena de multa o prisión según contexto familiar.

¿Las amenazas verbales sin arma son delito?

Sí, pueden constituir amenazas leves o graves según gravedad y contexto familiar.

¿Puedo perder la custodia por violencia doméstica?

Sí, la condena puede conllevar suspensión de patria potestad y régimen de visitas.

¿Qué es la agravante de género en violencia doméstica?

Discriminación por razón de sexo que puede elevar la pena cuando se acredita.

¿Cómo afecta el alcohol o las drogas a la responsabilidad?

Puede ser atenuante si reduce imputabilidad, pero no exime totalmente la responsabilidad.

¿Puedo recurrir una condena por violencia doméstica?

Sí, mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial o casación ante el Supremo.

¿Qué es una víctima especialmente vulnerable?

Persona con capacidad reducida (menores, ancianos, discapacitados) que merece mayor protección.

¿Cómo se calcula la indemnización por daños morales?

Según baremo de secuelas psicológicas, gravedad de hechos y situación personal de víctima.

¿Qué pasa si hay hijos menores involucrados?

Se adoptan medidas de protección y puede afectar a custodia y régimen de visitas.

¿Puedo solicitar la suspensión de la pena?

Sí, si es primera condena y pena no supera 2 años, cumpliendo ciertos requisitos.

¿Cuánto tiempo dura una orden de alejamiento?

Puede ser temporal (instrucción) o definitiva (tras condena), desde meses hasta años.

¿Qué son las coacciones en el ámbito familiar?

Impedir a otro hacer lo que la ley no prohíbe o obligarle a hacer algo contra su voluntad.

¿Qué es el maltrato de obra en el ámbito familiar?

Golpear o maltratar sin causar lesión. Pena de multa o prisión según contexto familiar.

¿Las amenazas verbales sin arma son delito?

Sí, pueden constituir amenazas leves o graves según gravedad y contexto familiar.

¿Puedo perder la custodia por violencia doméstica?

Sí, la condena puede conllevar suspensión de patria potestad y régimen de visitas.

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Discriminación por razón de sexo que puede elevar la pena cuando se acredita.

¿Cómo afecta el alcohol o las drogas a la responsabilidad?

Puede ser atenuante si reduce imputabilidad, pero no exime totalmente la responsabilidad.

¿Puedo recurrir una condena por violencia doméstica?

Sí, mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial o casación ante el Supremo.

¿Qué es una víctima especialmente vulnerable?

Persona con capacidad reducida (menores, ancianos, discapacitados) que merece mayor protección.

¿Cómo se calcula la indemnización por daños morales?

Según baremo de secuelas psicológicas, gravedad de hechos y situación personal de víctima.

¿Qué pasa si hay hijos menores involucrados?

Se adoptan medidas de protección y puede afectar a custodia y régimen de visitas.

¿Puedo solicitar la suspensión de la pena?

Sí, si es primera condena y pena no supera 2 años, cumpliendo ciertos requisitos.

¿Cuánto tiempo dura una orden de alejamiento?

Puede ser temporal (instrucción) o definitiva (tras condena), desde meses hasta años.

¿Qué son las coacciones en el ámbito familiar?

Impedir a otro hacer lo que la ley no prohíbe o obligarle a hacer algo contra su voluntad.

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Contacta con nosotros para una consulta personalizada. Atención inmediata en casos urgentes de detención o citación judicial.