Guía práctica · Trámites del proceso
Apoderamiento apud acta: designa a tu abogado online, gratis y en 10 minutos
Para que tu abogado pueda personarse en el juzgado y defenderte, el procedimiento necesita constancia formal de que tú le has designado. Ese trámite es el apud acta — y hoy se hace desde el sofá, sin notario y sin pagar nada. Aquí tienes el paso a paso y los datos exactos que vas a escribir.
Respuesta rápida
El apud acta es el poder que otorgas gratis ante la Administración de Justicia — sin notario — para que tu abogado (y, si hiciera falta, tu procurador) actúe en tu nombre. Se hace de dos maneras: por internet, en la Sede Judicial Electrónica del Ministerio de Justicia, identificándote con certificado digital, DNIe o Cl@ve; o presencialmente, ante el Letrado de la Administración de Justicia de cualquier oficina judicial. En ambos casos vale para todos los juzgados de España.
Los datos que vas a escribir
El formulario te pedirá identificar al apoderado: tu abogado. Si tu defensa la dirige Saúl, estos son los datos — cópialos tal cual. Si tu abogado es otro, pídele estos mismos datos antes de empezar.
Datos del apoderado — tu abogado
Los mismos que constan en el aviso legal del despacho
Consejo: ten esta página abierta en el móvil (o el recuadro en una captura) mientras haces el trámite, para copiar sin errores. Un NIF mal tecleado obliga a repetirlo.
Opción A — Por internet, paso a paso
Es la vía que recomendamos: disponible a cualquier hora, sin desplazamientos y con el justificante descargado al momento. Necesitas identificarte con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
Entra en la Sede Judicial Electrónica
En sedejudicial.justicia.es, busca el servicio «Apoderamiento Apud Acta» y accede a tu área privada identificándote con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. El servicio es del Ministerio de Justicia, gratuito y está disponible las 24 horas.
Pulsa «Nuevo» y elige «En calidad de Poderdante»
El poderdante eres tú: la persona que da el poder. La comparecencia electrónica es personal — debes hacerla tú mismo, con tu identificación; nadie puede otorgarla en tu nombre.
Comprueba tus datos
El sistema carga tu nombre y tu DNI o NIE desde la identificación. Revisa que estén bien y completa lo que falte (domicilio, teléfono, email).
Añade al apoderado: tu abogado
Aquí van los datos del recuadro verde de arriba, escritos tal cual, letra por letra. El NIF, sin espacios ni guiones. Si el formulario no pide algún dato (por ejemplo el colegio), no pasa nada: con el NIF y el nombre basta para identificarle.
Elige el tipo de apoderamiento
Marca «Para cualquier actuación judicial» y, en el apartado de Facultades, «Poder general para pleitos». Es el poder estándar: permite a tu abogado actuar en tu procedimiento sin quedarse corto en ningún trámite.
Deja la vigencia por defecto
La fecha de fin se rellena sola con el máximo legal (5 años). No hace falta tocarla: el poder se puede prorrogar o revocar cuando quieras, en cualquier momento.
Revisa y confirma
Comprueba el resumen y pulsa «Confirmar» para firmar la comparecencia electrónica. El apoderamiento queda inscrito en el registro electrónico y es válido ante cualquier juzgado o tribunal de España.
Descarga el justificante y envíanoslo
Guarda el certificado de registro en PDF y mándanoslo por tu área de cliente o por WhatsApp al 688 88 44 88. En cuanto lo tengamos, nos personamos en tu procedimiento.
Un detalle que sorprende a mucha gente
La comparecencia electrónica es personal: la haces tú, con tu identificación. Tu abogado no puede hacerla por ti — precisamente porque el poder lo das tú. Diez minutos de tu tiempo que desbloquean toda la defensa.
Opción B — Presencial, si no tienes certificado ni Cl@ve
Igual de válida e igual de gratuita. Acude con tu DNI o NIE a cualquier oficina judicial — la de tu localidad sirve aunque tu procedimiento se tramite en otra provincia — y di que quieres otorgar un apoderamiento apud acta ante el Letrado de la Administración de Justicia. Lleva a mano el recuadro verde de esta página (impreso o en el móvil): son los datos que te pedirán.
Ten en cuenta que en algunas sedes hay que pedir cita previa y que, según la oficina, el acta se entrega en el momento o unos días después. Si esta es tu vía, dínoslo y te orientamos sobre la oficina más práctica en tu caso.
¿Y el procurador? La duda de siempre
En tu defensa penal como investigado, durante la instrucción, normalmente no hace falta: el abogado designado para la defensa tiene habilitación legal para representarte, sin procurador, hasta el trámite de apertura del juicio oral (art. 768 LECrim). Si en tu procedimiento llegara a ser preceptivo o conveniente — o si eres víctima y te personas como acusación particular, donde sí interviene procurador — te facilitaremos sus datos para que lo añadas como segundo apoderado en este mismo trámite, siempre antes de que se genere ningún gasto.
¿Te atascas en algún paso?
Pregunta al asistente del despacho
Resuelve tus dudas sobre el apud acta al momento, sin llamadas y a cualquier hora. Y si prefieres empezar por una pregunta típica, toca una de estas:
Asistente del despacho · Confidencial · IA supervisada por Saúl
Preguntas frecuentes sobre el apud acta
¿Qué es exactamente el apoderamiento apud acta?+
Es el poder que otorgas ante la Administración de Justicia — no ante notario — para que tu abogado y, si hace falta, tu procurador actúen en tu nombre en un procedimiento judicial. Se llama «apud acta» porque tradicionalmente se hacía compareciendo ante el Letrado de la Administración de Justicia y quedaba recogido en acta. Hoy puede hacerse también por comparecencia electrónica en la Sede Judicial Electrónica, con plena validez.
¿Cuánto cuesta hacer el apud acta?+
Nada. Es totalmente gratuito, tanto en su versión electrónica como por comparecencia presencial ante el Letrado de la Administración de Justicia. Es una de sus grandes ventajas frente al poder notarial, que sí tiene coste.
¿Vale para un juzgado de otra provincia?+
Sí. El apoderamiento otorgado en la Sede Judicial Electrónica queda inscrito en un registro electrónico de ámbito estatal y es efectivo en todo el territorio nacional. Y si lo haces presencialmente, puedes otorgarlo ante el Letrado de la Administración de Justicia de cualquier oficina judicial — la de tu localidad sirve aunque tu procedimiento se tramite en otra provincia.
¿Qué necesito para hacerlo por internet?+
Identificarte electrónicamente: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Si no tienes ninguno de los tres, tienes dos caminos: darte de alta en Cl@ve (se puede por videollamada o en oficinas de registro) o hacer el apud acta presencialmente en cualquier oficina judicial con tu DNI o NIE, que es igual de válido y de gratuito.
¿Puede hacerlo otra persona por mí?+
No. La comparecencia electrónica es personal: debe hacerla el propio poderdante (o su representante legal, en los casos en que exista). Lo que nunca puede ocurrir es que el compareciente y el apoderado sean la misma persona: tu abogado no puede otorgarse el poder a sí mismo en tu nombre.
¿Necesito también un procurador?+
En tu defensa penal como investigado, durante la instrucción, normalmente no: el abogado designado para la defensa tiene habilitación legal para representarte, sin necesidad de procurador, hasta el trámite de apertura del juicio oral (art. 768 LECrim). Si en tu procedimiento llegara a ser preceptivo o conveniente — por ejemplo, si eres víctima y te personas como acusación particular —, el despacho te facilitará los datos del procurador para que lo añadas como segundo apoderado en este mismo trámite, antes de que se genere ningún gasto.
¿Cuánto tarda en hacer efecto?+
El electrónico queda inscrito en el momento de confirmarlo: descargas el justificante al instante. A partir de ahí, tu abogado ya puede acreditar la representación ante el juzgado. Por eso el último paso importa tanto: envíanos el certificado de registro en cuanto lo tengas.
¿Puedo revocarlo o cambiar de abogado después?+
Sí, en cualquier momento y por los mismos cauces: desde la propia Sede Judicial Electrónica puedes consultar tus apoderamientos vigentes, prorrogarlos o revocarlos. Otorgar el apud acta no te ata: la relación con tu abogado sigue siendo libre.
¿Qué hago con el justificante una vez firmado?+
Descárgalo en PDF (el sistema lo llama certificado de registro) y envíalo a tu abogado. Si tu defensa la lleva este despacho: por tu área de cliente o por WhatsApp al 688 88 44 88. Con ese documento nos personamos en el procedimiento y pedimos acceso al expediente.
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